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Licencia de obras en malaga
Si la burocracia te confunde a la hora de realizar una obra o reforma... ¡No te preocupes! Te contamos todo sobre las licencias de obra en Málaga

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A medida que se han restablecido las actividades de todo tipo en el Municipio de Málaga, una serie de ordenanzas municipales se han modificado con el fin de garantizar el bienestar de los malagueños, como es el caso de licencia de obras Málaga.

Desde junio de 2021 hay nuevas normativas en relación con las obras de urbanismo e infraestructura del Municipio. Esto afecta también a la licencia primera ocupación Málaga.

Y es que si has llegado a solicitar algún tipo de trámite o permiso, aunque sea para una licencia obra menor Málaga, te habrás topado con estos cambios y exigencias que ahora el Ayuntamiento de Málaga ha hecho obligatorias. Se trata de un conjunto de nuevas normativas que han sorprendido a más de uno y que vamos a ver con más detalle a continuación.

Tipos de licencia de obras en Málaga

Hay una sección en particular en esta normativa donde se agrupan todos los tipos de licencia de obras Málaga. Específicamente en la sección segunda del capítulo 1 es donde se hace énfasis en la licencia primera ocupación Málaga y en la licencia de obras Málaga en general, así como en los permisos urbanísticos y en la declaración responsable obras Málaga.

Hay licencias para obras que solo serán otorgadas bajo supervisión de un técnico, como hay casos en los que solamente con la presentación del proyecto será suficiente. Para despejar dudas al respecto, te explicaremos esta nueva tipificación.

Licencia de edificación, obras e instalaciones Tipo 1

Aquí se encuentra cualquier licencia de obras Málaga relacionada con los trabajos grandes y las obras de complejidad técnica que requieran de una presentación del proyecto de conformidad con el cumplimiento del artículo 2.2 de la Ley Orgánica Estatal. En esta se exige un visado colegial para la aprobación de la obra o la supervisión de un profesional vigente experto en la materia.

En este tipo de licencias, independientemente de la obra o el caso, la supervisión técnica de las obras ha de estar a cargo de un técnico experto y también contar con el Certificado Final de Obras antes de proceder a los trabajos.

Licencia de obras e instalaciones Tipo 2

Aquí se agrupan las licencias relativas a las obras e instalaciones relacionadas con las reformas y modificaciones de inmuebles o edificaciones urbanas. En esta ordenanza no se exigen ninguno de los requerimientos descritos en las licencias de Tipo 1, como por ejemplo, la supervisión de un técnico.

Es requerida para obras de escasa complejidad y poco alcance urbanístico. Para su otorgamiento, no es necesaria la presentación de un proyecto ni la tramitación de la aprobación de un técnico en vigencia, pero sí se necesita la autorización sectorial del ente pertinente, en este caso el Ayuntamiento de Málaga.

Además de lo ya mencionado, se exige la redacción de un documento técnico en el que se describa gráficamente y de una forma clara y detallada el tipo de obras a ejecutar, las características de las mismas, los procedimientos a ejecutar, los materiales a utilizar, la descripción del inmueble y los detalles generales del objeto.

Licencia de obras e instalaciones Tipo 3

En esta Ordenanza se incluyen todas las obras de escasa complejidad técnica y urbanística. No es necesario ninguno de los requerimientos descritos para las obras de Tipo 1 ni una redacción del proyecto como en las obras de Tipo 2.

El otorgamiento de esta licencia no presenta ninguna complejidad siempre que las obras a realizar no se encuentren dentro de las exclusiones del artículo 57 de la presente Ordenanza o estén sometidas a condiciones especiales en las que se requiera de un técnico vigente responsable de su supervisión o un permiso en la adquisición o utilización de los materiales.

¿Qué debes tener en cuenta para solicitar una licencia de obra en Málaga?

En lo que compete a la solicitud de las licencias, existen 2 procedimientos, el ordinario y el abreviado. Estos están estipulados en los artículos que van del 32 al 40 de la presente Ordenanza.

La única diferencia entre un procedimiento y otro, es que en el segundo la resolución deberá dictarse y notificarse a la persona interesada en un periodo máximo de 30 días. Este procedimiento en particular solo es aplicable en las Licencias de obras Tipo 3, ya que aquí están incluidas las obras de baja complejidad.

Para los 3 tipos de Licencia de Obras, se debe presentar la solicitud de Licencia mediante una Declaración Responsable vigente. Esto supone la aprobación de la misma quedando sujeta a una comprobación y al posible procedimiento administrativo en caso de alguna irregularidad.

Con el fin de avanzar en estos aspectos, se han creado esta serie de normativas para la expedición de licencias. El asunto es que hay una normativa relativa a los Servicios en el Mercado Interior que ha dado de qué hablar debido a su complejidad y exigencia.

Esta normativa entró en vigor por una resolución de la Comunidad Europea de la Directiva 2006/123/CE. En esta se introdujeron principios de simplificación administrativa donde se limita la autorización previa obligatoria y se modificaron las técnicas de la declaración responsable y la comunicación de las obras.

Partiendo de este punto, han surgido diferentes normativas estatales y autonómicas que han dado lugar a poder realizar y solicitar ordenanzas que simplifiquen los procedimientos administrativos en la concesión de licencias de obras y solicitudes de permisos. Con esto se ha logrado un avance en el uso de la declaración responsable obras Málaga, incluso, se ha eliminado la necesidad de solicitar alguna Licencia para determinadas obras.

Esta Norma ha sido sometida a estudios y fue aprobada por el PGOU vigente en Málaga, considerándose favorable a la aplicación de artículos como el de la permisología legal para dividir las obras urbanas. En esta normativa, desaparecen los conceptos de Obra Mayor y Obra Menor, catalogándose ahora como Obras Tipo 1, 2, o 3.

Con esta Ordenanza se pretenden facilitar los mecanismos de otorgamiento de permisos, agilizando la tramitación de las licencias y reduciendo los tiempos de espera en cada solicitud. A su vez, se establece la incorporación de nuevas tecnologías y avances en los procedimientos administrativos referentes a los servicios de obras municipales. Esto garantiza una mayor eficiencia en la gestión de cada procedimiento, el cumplimiento de las obras a tiempo y la mayor eficiencia en el desempeño del servicio.

Asistente virtual para los trámites de licencias de obra

Debido a los avances en materia de construcción, el Ayuntamiento de Málaga en conjunto con la Gerencia Municipal de Urbanismos, han activado al sistema AVIL, un asistente virtual de licencias que guía y agiliza los trámites de solicitud y obtención de licencia de obras Málaga.
AVIL ayuda a la entrega de la documentación exigida para los trámites, así como al registro, solicitud y abono de tasas para la obtención de las licencias.

Esta tecnología no sólo informará sobre el estado de los requisitos de una licencia, sino también, ayudará a agilizar el trámite para una licencia de obra. El AVIL sirve como guía para la solicitud, permite la entrega de documentación, así como el registro y abono de tasas de una licencia.
Esta herramienta facilita la tramitación de una licencia de obras de forma electrónica, pudiendo obtener el permiso en un periodo de 30 días.

Como mencionamos anteriormente, este asistente virtual se trata de una herramienta que sirve como guía al solicitante de la licencia desde el inicio del trámite.

Primero, hay que ingresar al sitio web oficial y una vez allí hay que indicar la referencia catastral del inmueble donde se va a realizar la obra. Una vez indicada esta referencia, el sistema valida de forma automática la normativa urbanística sectorial que compete a la obra.

Seguidamente, los requisitos necesarios en materia urbanística serán indicados. Estos documentos han de ser subidos a la página en el formato indicado y han de estar legibles y vigentes.
Otra de las novedades de esta tecnología es que se pueden realizar los pagos referentes a los abonos de las tasas correspondientes de cada licencia solicitada. Se trata de un avance increíble en la solicitud de los trámites obligatorios.

¿Qué obras necesitan licencia en Málaga?

En los casos de obras que requieren de una licencia de obras municipal, encontramos las obras Tipo 1 y 2.

Aquí se encuentran las obras que involucran nuevas construcciones en la entidad, ampliaciones de edificaciones ya existentes, cambios en la estructura y el uso característico del inmueble, así como alteraciones e intervenciones en edificios ya existentes, como por ejemplo, su altura, capacidad de ocupación o el incremento de la edificabilidad.

Y más allá de una licencia de obras municipal obligatoria, también se requerirá de una presentación del proyecto en la entidad competente, es decir, un visado de la aprobación del proyecto.
Anteriormente, en la mayoría de los casos era de carácter obligatorio el tener que solicitar una licencia previa municipal para proceder con las obras.

Solo algunos casos estaban exentos de permisos y licencias en el municipio. Con las nuevas normativas y la tipificación de las obras, ahora son más los casos en los que se requiere de un permiso del ayuntamiento para ejecutarlas.

Tras la aprobación de la ordenanza municipal de Licencias de obras Urbanísticas en Málaga, todo aquel que quiera realizar obras en la ciudad deberá solicitar una licencia.
Es cierto que existen obras exentas de licencia previa y libres de declaración responsable obras Málaga.

También, hay obras y trabajos que no requieren de una licencia y que solo es necesario presentar una redacción escrita del proyecto y una declaración responsable de la obra.

Por otro lado, hay obras a las cuales se les sigue exigiendo una licencia de obras municipal, así como permisos para el uso de materiales y procedimientos.

Además, cualquier trabajo que afecte a un edificio protegido, propiedades de interés cultural o al medio ambiente, siempre deberá contar con una licencia de obras.

¿Qué obras no necesitan licencia en Málaga?

Están exentas todas aquellas obras de escasa complejidad y poco alcance, como por ejemplo, reformar en el interior de edificios o zonas comunes, siempre y cuando no se modifique o altere la distribución del espacio del inmueble o su estructura.

Además, como mencionamos anteriormente, estos trabajos no pueden afectar a un edificio protegido, a propiedades de Interés Cultural o al medio ambiente.

Las obras sujetas a una declaración responsable obras Málaga son aquellas de escasa complejidad constructiva y sencillez técnica que no requieran de una supervisión técnica.

En este renglón podemos citar a las obras y modificaciones en edificaciones e instalaciones que no alteren la estructura del inmueble, su altura o su edificabilidad. También se incluyen las obras que no afecten a un edificio protegido ni al subsuelo en una zona de protección.

¿Qué permisos se necesitan para reformar una vivienda?

En el caso de realizar una reforma de una vivienda en Málaga se necesita contar con una licencia de obra mayor o con una licencia obra menor, según sea la envergadura de la reforma. Además, en muchas ocasiones se necesita realizar una comunicación previa al inicio de las obras para que la Administración tenga constancia de las mismas.

¿Qué permisos y licencias se necesitan para construcción de obra nueva?

En primer lugar, se necesita rellenar el formulario normalizado de Licencia de Obras. Además, hay que entregar la documentación para obtener la concesión de la licencia, así como para la expedición de la licencia de obras y para poder iniciar las obras.

Licencia de primera ocupación en Málaga

A continuación, vamos a ver cómo se consigue la licencia primera ocupación Málaga. Para ello, hay que realizar la solicitud, según el modelo oficial en el Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Málaga. En primer lugar, hay que pagar las tasas municipales y presentar el documento que lo justifica.

Después, hay que presentar el Certificado Técnico para la licencia primera ocupación Málaga firmado por el arquitecto o ingeniero correspondiente. Además, hay que presentar el plano de la vivienda, el número de referencia catastral y los contratos de alta de luz y agua.

Licencia de obra menor en Málaga

Esta licencia se refiere a cuestiones menores pero muy habituales, como adaptar el portal o el ascensor para que puedan entrar personas con movilidad reducida, cambiar las ventanas del edificio, crear una rampa de acceso, cambiar el sistema de tuberías del edificio o el sistema eléctrico, etc. Es decir, son obras que no afectan a la estructura del edificio.

Licencia de obra mayor en Málaga

La licencia de obra mayor se necesita para cualquier cambio en la estructura del edificio, así como un cambio en la distribución del mismo o de su superficie. Es decir, son obras de gran envergadura, de mucha complejidad técnica y que requieren un gran presupuesto para llevarlas a cabo.

Por ejemplo, la rehabilitación de todo un edificio, la edificación de nuevos pisos, etc. Además, estas obras necesitan contar con un proyecto firmado por un arquitecto, ingeniero o aparejador.

Problemas y sanciones por no cumplir con la licencia de obra y urbanismo necesarias

Existen distintos tipos de sanciones, desde leves hasta graves y muy graves, en función del tipo de incumplimiento de la licencia de obra. En Málaga tienen que pasar 4 años para la prescripción de las infracciones graves y muy graves, y 1 año para las infracciones leves.

Construir en zonas no urbanizables

Construir viviendas en zonas no urbanizables de Málaga se considera una infracción muy grave. Pudiendo llegar a sanciones de hasta 300.000€ según el grado de infracción.

Construir en espacios reservados para jardines

La construcción de viviendas en espacios reservados para jardines también se considera un tipo de infracción muy grave.

Construir en espacios reservados para la práctica deportiva

Construir casas en espacios que el Ayuntamiento de Málaga ha reservado para la práctica de deportes también se considera una infracción muy grave.

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