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Riesgos de escriturar una vivienda a un precio inferior. Consecuencias legales

escriturar vivienda a precio inferior
Si alguna vez te has preguntado ¿Qué riesgos conlleva escriturar una vivienda a un precio inferior? ESTE ES TU POST

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De acuerdo con lo explicado por profesionales del derecho escriturar una vivienda a precio inferior tiene un riesgo muy alto. Esto se debe a que Hacienda podría iniciar una comprobación de valores y terminará cobrando el ITP real. Además, hay que añadir los intereses de demora e, incluso, las multas. Ciertamente, esto es una práctica muy común, pero no deja de ser peligrosa.


A continuación, te explicaremos los riesgos que representa y los problemas a los que tendrás que enfrentarte. Esto siempre que decidas escriturar tu vivienda por un precio inferior para cobrar el resto en negro.

Escriturar una vivienda a un precio inferior puede ser más perjudicial que beneficioso

Cuando decides escriturar vivienda a precio inferior es porque recibirás parte del pago en dinero negro. Al no tener que documentarlo en una escritura pública no pagarás los impuestos correspondientes. Ahora bien, que sea una práctica común no quiere decir que sea legal. La verdad es que los riesgos son tanto para el comprador como para el vendedor.


Por supuesto, en principio el comprador se ahorrará una parte del impuesto ITPAJD. Sin embargo, si Hacienda decide comprobar si es el precio real que ha pagado y descubre un fallo al final tendrá que pagar precio real. Y seguramente, con alguna multa extra.
Igualmente, si después el comprador decide vender el inmueble las ganancias patrimoniales resultarán mayores a las que realmente suelen obtenerse. Esto quiere decir que tendrá que pagar un importe mayor en el IRPF.


Por otro lado, aunque como vendedor tendrás menor riesgo si la Agencia Tributaria del Estado realiza las comprobaciones correspondientes y determinan que has incumplido en la ley, tendrás que pagar una cantidad complementaria en el IRF. Es decir, terminarás pagando el precio legal real, pero arriesgándote a tener una multa.


En términos generales, el dinero que puedas ahorrarte al escriturar vivienda a precio inferior no merece la pena. De hecho, si las entidades gubernamentales comprueban que no has sido sincero al escriturar, igualmente te cobrarán los impuestos correspondientes agregando multas extras por la demora.

¿Qué riesgos tiene para el comprador escriturar una vivienda a un precio inferior?

Como mencionamos antes, los riesgos de escriturar una vivienda a un precio inferior son mayores para el comprador. El primer problema suele presentarse en el momento de la liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP). Se debe a que la Agencia Tributaria puede realizar una comprobación de valores a través de los registros oficiales. Así, determinará que la vivienda fue comprada a un precio inferior a lo normal del mercado.


Al determinar esto, Hacienda terminará cobrando el ITP real de acuerdo al precio que debería tener la vivienda. Además, el comprador se enfrentará al pago de intereses de demora y, generalmente, a multas monetarias debido a la evasión fiscal.


Por si fuera poco, si la vivienda ha sido comprada para después venderla a un precio mayor, la ganancia tributaria será más elevada de lo normal. Esto quiere decir que terminará tributando más por el IRPF.


En pocas palabras, al final el comprador será el que tenga que pagar más por la vivienda. Esto es así porque el precio escriturado no fue el real y, aún así tendrá que cumplir con todos los impuestos y multas por evasión. Por tanto, uno asume grandes riesgos de escriturar una vivienda a un precio inferior. Esto es algo que no en todos los casos afectará al vendedor.

¿Qué riesgos tiene para el vendedor escriturar una vivienda a un precio inferior?

Aunque los riesgos de escriturar una vivienda a un precio inferior no son tan graves para el vendedor también puede enfrentarse a ciertos problemas legales. Al recibir menos dinero por su inmueble puede registrar pérdidas en la compraventa, lo que conseguirá eximirlo de la plusvalía municipal. Sin embargo, esto sólo podrá hacerlo si la vivienda es vendida por un precio inferior al que fue comprada.


No obstante, a pesar de esto Hacienda puede no confiar en lo expresado por el vendedor y realizar las comprobaciones indicadas. De este modo, exigirá el IRPF de la mayor ganancia patrimonial obtenida. Este sería el mayor riesgo al que se enfrentará el vendedor.

Riesgo de la compra “en negro” de inmuebles en España para ambas partes

Pagar una parte en negro en la compra de un inmueble quiere decir que al escriturar el precio que aparecerá en el documento será inferior, mientras que la diferencia se pagará en efectivo al vendedor para evitar cualquier registro. La finalidad de esto es que ambos puedan reducir la base imponible, ahorrando el pago de impuestos.


De acuerdo a algunos expertos en el área legal los compradores podrán ahorrarse entre el 6% y el 11% del precio del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. No obstante, esto es considerado bastante arriesgado, porque en la actualidad, Hacienda está revisando de forma mucho más exhaustiva los precios de venta para evitar estas prácticas.


Es decir, cuando comiences a realizar los registros necesarios para el pago de impuestos pueden notar que el precio de venta es menor a lo común en el mercado, haciéndoles dudar de la fiabilidad de la transacción. Al final, obligarán al comprador a pagar los impuestos reales y las multas correspondientes por evasión fiscal.

Consecuencias legales de escriturar una vivienda a precio inferior

En principio, el comprador podrá ahorrarse una buena parte del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD), pero si se comprueban los valores y no puede justificar el precio pagado, de acuerdo a lo expuesto en la ley, tendrá que pagar el ITPAJD que pudo “ahorrarse” junto con el interés de demora que se indique y la sanción tributaria correspondiente.


Las multas por evasión legal también deben cubrirse cuando la ley descubre el fraude en la compra de un inmueble. El precio correspondiente varía según la Comunidad Autónoma en la que vivas y el tipo de vivienda adquirida.


Asimismo, en cuanto al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) también puede tener ciertas consecuencias cuando el comprador decida vender el inmueble por un precio superior al indicado en la escritura. La razón es que le resultará difícil justificar que ha tenido pérdidas al venderla.


Finalmente, las multas correspondientes y los pagos de demora de impuestos varían según el tipo de vivienda y la comunidad en la que se compró la vivienda. En este sentido, tendrás que conocer la ley en cada ciudad para evitar inconvenientes a largo plazo.

5 comentarios en «Riesgos de escriturar una vivienda a un precio inferior. Consecuencias legales»

  1. Hola buenas tardes , si el inmueble se compro hace 10 años por un precio muy superior al valor real y a dia de hoy se vende por el valor de mercado muy inferior al que se compró y escrituró tambien puede haber problemas ?
    Nunca se va a poder vender por un precio menor al escriturado ?
    Porque si ha día de hoy el valor es mucho menor al que se vendió que se hace con el inmueble ?

    Responder
    • Buenas tardes.

      El bien inmueble se puede vender a un precio superior o inferior al que se adquiere. En cuanto a la tributación, el comprador tendrá que pagar ITP como mínimo por el valor de referencia de catastro, pero si el precio de compraventa es mayor se tributará por este último. En cuanto a la plusvalía que corresponde pagar al vendedor, si lo vende por menos de lo que lo compró no debería pagar plusvalía alguna al Ayuntamiento, pero sí tiene que declararla con independencia de que haya que pagar o no.

      Plazo para ITP en Andalucía: 2 meses a contar de la compraventa.
      Plazo para plusvalía: 30 días a contar de la compraventa.

      Si necesita que estudiemos su caso en mayor profundidad puede escribirnos a :
      rfernandez@berrocalfernandez.com o carlos.berrocal@berrocalfernandez.com y estudiaremos su caso, o llamarnos al teléfono que aparece en nuestra web.

      Responder
  2. Buenos días, en mi caso quiero adquirir una vivienda que se presenta con varios problemas (totalmente destruida y gran necesidad de venta) y por la cual el de venta es muy por debajo del valor mínimo de referencia que dice catastro.
    ¿En este caso también se podríamos tener problemas con hacienda? Aunque pague impuestos a razón del valor mínimo de referencia, no de compra (Aunque no sea justo).
    Un saludo gracias.

    Responder
  3. Buenos días

    Tengo intención de comprar una finca rústica por 8.000 euros. He consultado en catastro y su valor de referencia es de 500 euros.

    El precio que le dieron los propietarios en la adjudicación y aceptación de la herencia es de 48.000 euros.

    ¿Es correcto escriturar y pagar ITP sobre valor 8.000?

    Gracias.

    Responder
  4. Una cosa es el precio de venta de la propiedad, que es libre, otra cosa el precio de la referencia catastral, que es la referencia para calcular el ITP lo que tiene que pagar a hacienda de la transmisión de la propiedad y calcular el IBI. Yo por exemplo mi empresa en 2010 compró un piso que costó 250.000€ y hubo personas que hasta 150.000€ me ofreció

    Responder

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